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Medidas a implementar para cumplir las obligaciones de transparencia y etiquetado de contenidos que establece el AI Act desde el 2 de agosto.
Hoy en día ya es raro encontrar una pyme donde nadie use ChatGPT o Claude para redactar un email, resumir un documento o preparar una propuesta; donde marketing no haya probado Midjourney o Canva con IA para una creatividad; o donde el software de gestión, el CRM o la plataforma de ecommerce no incorporen ya funciones de IA que la empresa usa, incluso, sin ser del todo consciente.
Desde el 2 de agosto de 2026, la Ley de IA de la UE (Reglamento 2024/1689) se aplica con carácter general, y obliga a cualquier empresa que utilice inteligencia artificial en su actividad, sin mínimo de tamaño ni de facturación. Usar ChatGPT en el trabajo ya convierte a la pyme en "responsable del despliegue" de un sistema de IA, con obligaciones legales propias.
Las obligaciones que acaban de entrar en aplicación son las de transparencia del artículo 50, y se resumen en cuatro pilares.
Los chatbots y asistentes que hablan con clientes deben identificarse como IA.
Los contenidos generados por IA que puedan tomarse por reales (los llamados deepfakes) deben etiquetarse visiblemente.
Los textos generados por IA que informen al público sobre asuntos de interés general deben declararlo, salvo revisión editorial humana.
Quien use sistemas de reconocimiento de emociones o categorización biométrica debe informar a las personas expuestas.
A esto se suman dos obligaciones que ya estaban vigentes desde febrero de 2025: las prácticas de IA prohibidas del artículo 5 (manipulación, explotación de personas vulnerables, ciertos usos biométricos) y la alfabetización en IA del artículo 4, que exige adoptar medidas para formar y capacitar al personal.
Incumplir la transparencia puede costar hasta 15 millones de euros o el 3 % de la facturación mundial; incurrir en una práctica prohibida, hasta 35 millones o el 7%.
El orden sensato para una pyme que parte de cero:
Inventariar los usos de IA.
Activar el aviso en el chatbot si lo hay.
Revisar el contenido fotorrealista publicado desde el 2 de agosto y etiquetarlo.
Fijar por escrito las herramientas autorizadas y los datos prohibidos.
Programar la primera sesión de formación.
En este punto existen dos opciones: hacerlo uno mismo o acudir a soluciones externas, es decir, empresas y consultoras especialistas en el cumplimiento del AI Act.
Entre las plataformas más destacadas para el cumplimiento del AI Act está Atico34 AI Governance, una solución desarrollada por Atico34, empresa líder en materia de protección de datos y compliance. Tanto su software como su equipo de abogados expertos en inteligencia artificial ayudan a las empresas a mapear el nivel de riesgo de sus herramientas (como chatbots o software de recursos humanos), elaborar la documentación técnica obligatoria exigida por la AESIA y formar al personal de forma gratuita en alfabetización digital.
Otra solución es Trust AI, una plataforma que actúa como un escudo normativo para empresas que despliegan tecnologías emergentes. Se centra en la ingeniería jurídica personalizada: diseña matrices de riesgo a medida para algoritmos complejos, redacta las declaraciones de conformidad exigidas por la Unión Europea y estructura programas en alfabetización digital para el personal directivo y técnico
Las pymes que usan chatbots web, bots de WhatsApp y asistentes de voz como los de Elevenlabs para atender consultas deben avisar de manera inequívoca al inicio de la conversación ("Soy el asistente de inteligencia artificial de [tu_empresa]") y ofrecer una vía para escalar a una persona.
No sirve con llamar "Marta" al bot y ponerle la foto de una persona, ni esconder el aviso en los términos y condiciones, ni fórmulas ambiguas como "asistente virtual". Si el canal es telefónico, el aviso debe escucharse al descolgar.
Cuidado también con el análisis de emociones en llamadas: es obligatorio informar al cliente si se infiere su estado emocional por la voz; hacerlo con los propios empleados está directamente prohibido salvo fines médicos o de seguridad.
En este área se suele concentrar el mayor volumen de uso de IA en una pyme: textos con ChatGPT o Claude, imágenes con Midjourney o las funciones de IA de Canva, vídeos y locuciones sintéticas. La regla que hay que interiorizar es que no todo lleva etiqueta.
Todo contenido fotorrealista generado o manipulado por IA que pueda tomarse por real debe llevar una etiqueta visible ("Imagen generada por IA") unida al propio contenido.
Ejemplos: Modelos que no existen, presentadores virtuales, fotos de producto sintéticas que simulan fotografía, voces clonadas y testimonios inventados.
Las ilustraciones claramente ficticias y los retoques menores (luz, color, recortes, fondos neutros sobre foto real) no es necesario identificarlos..
Los textos comerciales (descripciones de producto, emails, posts, textos SEO) no necesitan declararse como generados por IA.
Solo se deben etiquetar aquellos textos que informan al público sobre asuntos de interés general (salud, seguridad, sostenibilidad), salvo que una persona los haya revisado en profundidad y asuma la responsabilidad editorial.
Los riesgos se presentan desde dos frentes. El primero, la confidencialidad: introducir datos de clientes o información sensible en herramientas públicas de IA puede violar el RGPD, por tanto, la empresa debe saber qué herramientas están autorizadas y qué datos pueden tratar.
El segundo, el artículo 5 del AI Act: la personalización comercial no puede apoyarse en técnicas manipuladoras que exploten vulnerabilidades del cliente, especialmente menores o personas en situación económica precaria.
Si el asistente comercial es conversacional y habla directamente con clientes (un SDR virtual, por ejemplo), aplica lo mismo que en atención al cliente: debe identificarse como IA desde el primer contacto.
Muchas pymes ya usan IA para filtrar currículums, redactar ofertas o evaluar candidatos, y esos usos están catalogados como alto riesgo en el anexo III del Reglamento.
Sus obligaciones específicas (documentación técnica, supervisión humana, registros) no son exigibles hasta diciembre de 2027 gracias al aplazamiento del Ómnibus Digital, pero conviene inventariar ya esas herramientas y definir sus riesgos.
Dos obligaciones que sí están en vigor: la prohibición absoluta de usar IA para inferir emociones de los trabajadores y la obligación de alfabetización en IA, responsabilidad precisamente de RR.HH.
Las pymes suelen usar la IA para el cálculo automático de facturas y nóminas y conectarse con el programa del asesor laboral. Se trata de usos internos que no requieren aviso.
La excepción relevante: si la pyme concede financiación propia a clientes y usa IA para evaluar su solvencia, ese sistema será de alto riesgo desde diciembre de 2027.
Un aviso: las herramientas generativas pueden cometer errores con los números, y la responsabilidad de una factura, una previsión o un informe erróneo es siempre de la empresa, no de la IA.
No es necesario avisar de que se está usando inteligencia artificial para tareas operativas como optimización de rutas, previsión de demanda o gestión de inventario.
Se recomienda incluir estas herramientas en el inventario de IA de la empresa, vigilar la calidad del dato que las alimenta y asegurar que las decisiones importantes conservan revisión humana.
Esta capacitación no exige un examen estándar europeo ni una certificación única, sino que debe ser proporcional y adaptada al puesto de trabajo, los conocimientos previos del personal y los riesgos de las herramientas utilizadas (como entender sus sesgos, limitaciones y la privacidad de datos).
Además, exige que las organizaciones mantengan un registro interno documentado y auditable de las formaciones realizadas